Plan de Control tributario para el 2024 - Parte I

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​Publicado el 5.3.2024


El 29 de febrero se ha publicado en el BOE el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2024. 




1. En 2024 la Agencia Tributaria seguirá prestando especial atención a las declaraciones de retenciones a cuenta del Impuesto Sobre la Renta de No Residentes de grandes empresas que pagan dividendos, intereses y cánones a no residentes sin establecimiento permanente en España, comprobando si quien percibe esas rentas es beneficiario efectivo o no evitando un uso abusivo de la normativa europea que facilita la libertad de movimientos. 

2.  Serán objeto de comprobación, entre otros, estos comportamientos de personas físicas: 
        • Aquellos que, residiendo de hecho en España, sitúan ficticiamente su residencia en otros territorios de baja tributación. 
        • Las personas no nacionales que eligen vivir en España, estableciendo aquí su residencia habitual pero que no tributan como residentes por su renta mundial. 
        • Aquellos que simulan la residencia fiscal en otra Comunidad Autónoma que no es la real, por la diferente tributación para tener una inferior tributación. 
        • Posibles comportamientos irregulares de contribuyentes de alta capacidad económica, conocidos por las siglas en inglés HNWI y UHNWI. 

Así, para mejorar la comprobación tributaria, la Agencia Tributaria se enfocará en implementar y explotar herramientas para un uso masivo de la nueva información sobre inmuebles y sociedades del Consejo General del Notariado. 

3. Se llevarán a cabo actuaciones para evitar un uso abusivo de la personalidad jurídica con el fin de desviar indebidamente gastos personales de personas físicas. Esto se extiende a posibles aplicaciones indebidas del régimen especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores. 

También se controlará la falsa afectación a la actividad económica de bienes o servicios de lujo por partes de personas jurídicas cuya actividad no esté vinculada con el aprovechamiento de esos bienes. 

4. Respecto al control del IVA: 

En 2024 continuará la verificación del adecuado cumplimiento de los sujetos obligados que, voluntaria u obligatoriamente, están acogidos al sistema SII. 

Una vez implantada la nueva obligación informativa sobre pagos transfronterizos de los proveedores de servicios de pago, será controlada por la Agencia Tributaria para evitar fraudes de empresas que obtienen ventajas comerciales desleales eludiendo sus obligaciones de IVA respecto al comercio electrónico. 

Se comprobarán e investigarán las importaciones de productos de consumo, textiles y otros de origen asiático. 

Se realizarán controles para verificar que tras solicitar devoluciones de IVA por construir o adquirir bienes de inversión, no haya un cambio de afectación o destino del bien que suponga la improcedencia de la deducción aplicada o deba ser objeto de regularización. 

5. En cuanto a las actuaciones de control: 

Se prestará especial atención a las retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos de capital mobiliario o rentas sujetas a retención que deban ingresarse proporcionalmente según el volumen de operaciones de acuerdo con el Convenio Económico entre Estado y Navarra y Concierto Económico con el País Vasco. 

Respecto al dinero, la Administración Tributaria continuará controlando las operaciones en efectivo. Asimismo, seguirá controlando la correcta tributación de las monedas virtuales. 

Habrá una intensificación de las actuaciones para regularizar posibles situaciones donde haya menor retención de la debida a artistas y deportistas no residentes en España cuando actúan sin establecimiento permanente. 

6. Respecto a las plataformas de comercio electrónico, en 2024 se va a llevar a cabo un completo plan que incluye: 
  • La revisión censal de operadores no establecidos que actúan mediante plataformas en ventas a consumidores finales. 
  • La verificación de que el total importado por cada operador en los modelos simplificados H7 es menor a 150 euros. 
  • Contrastar los importes ingresados por IVA por el sistema de ventanilla única de importación desde otros Estados miembro en relación con las ventas a consumidores realizadas en España.
  • Realizar requerimientos internacionales y comprobaciones a través del coordinador nombrado respecto a intercambios del paquete eCommerce. 

7. En 2024 se va a continuará intensificando los controles sobre los conocidos como neobancos para evitar que el uso de esos medios de cobro sean una vía de fraude o elusión. 

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